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2026-04-24

Requisitos sanitarios y de cuarentena para los piensos proteicos de origen animal importados de España

De acuerdo con la normativa de la Aduana china y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España relativa a los requisitos sanitarios y de cuarentena para piensos proteicos de origen animal, con efecto inmediato, se permite la importación de productos que cumplan los siguientes requisitos:

I. Base de inspección y cuarentena

(1) Ley de bioseguridad de la República Popular China;

(2) Ley de la República Popular China sobre cuarentena animal y vegetal de entrada y salida y su reglamento de aplicación;

(3) Medidas para la supervisión y administración de la inspección y cuarentena de piensos y aditivos para piensos importados y exportados;

(4) Protocolo entre la Dirección General de Aduanas de la República Popular China y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España sobre requisitos sanitarios y de cuarentena para la exportación de piensos proteicos de origen animal españoles a China.

II. Alcance de los productos importados permitidos

Los piensos proteicos de origen animal se refieren a piensos proteicos porcinos, incluyendo proteína de membrana intestinal en polvo, harina de carne, harina de hueso, harina de carne y hueso, y productos sanguíneos (como harina de sangre, proteína plasmática en polvo, hemoglobina en polvo, etc.) derivados de cerdos.

III. Requisitos para las empresas fabricantes

(1) Estar autorizadas y operar legalmente por las autoridades españolas competentes;

(2) Implementar un sistema de gestión de la higiene basado en los principios del Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC);

(3) Aceptar la supervisión e inspección de las autoridades españolas competentes para garantizar que su producción y procesamiento cumplan continuamente con la normativa española de seguridad e higiene pertinente y no estén restringidos por motivos de seguridad e higiene;

(4) Contar con la recomendación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España a la Aduana china y estar registradas ante dicha aduana.

IV. Requisitos de las materias primas

(1) Se prohíben las materias primas de rumiantes, y deben adoptarse medidas efectivas para prevenir la contaminación por componentes derivados de rumiantes.

(2) Los animales procedentes de materias primas deben provenir de regiones libres de fiebre aftosa, peste porcina clásica, enfermedad vesicular porcina y otras enfermedades porcinas de declaración obligatoria, según lo estipulado en el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMA), y deben cumplir con las normas de la OMA y estar aprobados por la Aduana china.

(3) Los animales procedentes de materias primas deben haber nacido y sido criados en la UE, sacrificados en un matadero oficialmente autorizado en España y someterse a inspecciones pre y post-sacrificio, sin presentar signos de enfermedades infecciosas que impidan su uso como materia prima para piensos.

(4) Los animales procedentes de materias primas no deben haber estado sujetos a restricciones de movimiento ni haber sido sacrificados debido a brotes de enfermedades animales.

(5) En lo que respecta a la peste porcina africana, si las materias primas proceden de cerdos criados en España, deben cumplir con los requisitos del Acuerdo de Cooperación para la Gestión Regionalizada de la Peste Porcina Africana firmado entre China y España.

(6) La proteína de la mucosa intestinal porcina debe provenir exclusivamente del intestino delgado porcino.

V. Requisitos de producción y procesamiento

(1) El producto debe someterse a un tratamiento térmico a una temperatura interna no inferior a 90 °C durante al menos 15 minutos, u otros métodos de procesamiento equivalentes que cumplan con la normativa de la UE y estén aprobados por la Aduana china; o bien, las materias primas de origen animal deben someterse a un tratamiento térmico a una temperatura interna no inferior a 90 °C durante al menos 15 minutos, u otros tratamientos equivalentes que cumplan con la normativa de la UE y estén aprobados por la Aduana china.

(2) Los productos sanguíneos deben producirse mediante secado por aspersión. La temperatura del aire de entrada del equipo de secado por aspersión debe ser no inferior a 220 °C, y la del aire de salida no debe ser inferior a 80 °C. El material secado por aspersión debe mantenerse en un ambiente a una temperatura superior a 60 °C durante al menos 20 minutos.

(3) No se añaden sustancias prohibidas, como materias primas de origen animal no identificadas o materias primas derivadas de rumiantes, durante el proceso de producción y procesamiento.

(4) Deben adoptarse medidas eficaces durante y después de la producción para evitar la contaminación; los productos sanguíneos terminados deben almacenarse en un almacén de productos terminados (a una temperatura ambiente superior a 20 °C) durante al menos 20 días.

VI. Requisitos del producto

Antes de exportar productos a China, el departamento competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España realizará muestreos aleatorios de acuerdo con el plan de control aprobado para garantizar que los productos exportados cumplan los siguientes requisitos:

(1) Los componentes derivados de rumiantes deben dar negativo (no contener componentes derivados de rumiantes) mediante reacción en cadena de la polimerasa (PCR) u otros métodos aprobados por la Aduana china en un laboratorio acreditado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España. El límite de detección de ADN derivado de rumiantes mediante PCR es del 0,1 %;

(2) Cumplimiento de los requisitos para Salmonella y Enterobacteriaceae:

1. Salmonella: No detectada en 25 gramos de producto: n=5, c=0, m=0, M=0;

2. Enterobacteriaceae: En 1 gramo de muestra: n=5, c=2, m=10, M=300;

Donde:

n – Número de muestras analizadas;

m – Recuento bacteriano mínimo (umbral); si el recuento bacteriano en todas las muestras no supera m, el resultado es aceptable;

M – Recuento bacteriano máximo; si una o más muestras tienen un recuento bacteriano igual o superior a M, el resultado es inaceptable;

c – Número de muestras con recuentos bacterianos entre m y M; si el recuento bacteriano en otras muestras es menor o igual a m, el resultado se considera aceptable.

VII. Requisitos de embalaje, etiquetado, almacenamiento y transporte

(1) El embalaje debe ser seguro, limpio, estar bien sellado, ser resistente a la humedad y no dañarse fácilmente;

(2) Se deben colocar etiquetas chinas en el embalaje exterior del producto. Las etiquetas deben indicar el nombre y el número de registro de la empresa productora y procesadora, estar marcadas con "非供人类食用" o "仅用于饲料生产" etc., y cumplir con los requisitos pertinentes de las leyes, reglamentos y normas nacionales chinas para el etiquetado de piensos;

(3) Se deben adoptar medidas efectivas para evitar la contaminación durante el transporte.

VIII. Requisitos de inspección y certificación previa a la exportación

(1) Los productos exportados a China serán inspeccionados y puestos en cuarentena por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, y se emitirá un certificado sanitario de acuerdo con la muestra del certificado confirmada por ambas partes, que acredite que los productos cumplen con los requisitos del Protocolo;

(2) Cada lote de productos exportado a China debe ir acompañado de al menos un certificado sanitario oficial original.

IX. Requisitos de Inspección y Cuarentena de Importación

(1) Aprobación de Cuarentena.

Las empresas importadoras deberán solicitar un "Permiso de Cuarentena de Importación para Animales y Plantas" de conformidad con la normativa vigente.

(2) Verificación de Documentos.

1. Verificar que se adjunte el "Permiso de Cuarentena de Importación para Animales y Plantas".

2. Verificar que el producto provenga de una empresa registrada.

3. Verificar que el certificado sanitario sea auténtico y válido.

(3) Inspección de Carga.

La Aduana china realizará la inspección y cuarentena de los piensos proteicos para animales exportados de España a China de conformidad con las leyes, reglamentos administrativos y demás normativas pertinentes, y en conjunto con los requisitos de este anuncio. Se permitirá la entrada a las mercancías que superen la inspección y cuarentena.

(4) Gestión de Mercancías No Conformes

1. Las mercancías deberán ser devueltas o destruidas en cualquiera de las siguientes circunstancias: falta de un certificado sanitario válido; procedencia de un fabricante español no registrado; discrepancia entre las mercancías y la documentación. Descubrimiento de tierra, cadáveres de animales, excrementos de animales o plagas cuarentenarias que imposibiliten un tratamiento de cuarentena efectivo; o etiquetado que no cumpla con los estándares y no pueda corregirse.

2. Los productos que, durante las pruebas, no cumplan con las normas chinas de higiene para piensos estarán sujetos a control de plagas, devolución o destrucción.

3. Si se encuentran paquetes sueltos o envases rotos, el propietario o agente será responsable de restaurarlos a su estado original. Si el embalaje está dañado y representa un riesgo de propagación de enfermedades animales o vegetales, el lugar contaminado, los productos y el equipo estarán sujetos a tratamiento de cuarentena.

4. Para las empresas con problemas graves o incumplimiento reiterado, la Aduana china tomará medidas como el endurecimiento de la cuarentena o la suspensión de las importaciones.

 

GACC

24 de abril de 2026

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